Desde 1812 varias
han sido las constituciones que han regido los destinos del pueblo español
y dispares sus procesos constituyentes. Unos procesos se iniciaron por el
hostigamiento del pueblo; otros por la voluntad de sus representantes; y
en otras ocasiones los reyes y gobiernos de turno para afianzarse en el
poder. En todo caso para reformar una constitución, se ha de abrir un
proceso en el que el pueblo soberano participe activamente y finalmente
ratificar o negar su validación en referéndum.
Los procesos que
concibieron las constituciones de 1869 y 1931, fueron distintos al que se
siguió para la de 1978, pero en todos los casos se produjeron ante
situaciones políticas, institucionales, económicas o sociales
insostenibles, que significó el fin de un régimen. En 1868 coincidió el
reinado de Isabel II con las “catástrofes” coloniales en América y Norte
de África. Los liberales, demócratas y republicanos, opositores a la
monarquía, consiguen su objetivo expulsando del trono a Isabel II y
promoviendo la elaboración de una nueva constitución que superara a la de
1845. La nueva Constitución de 1869, fue de las más avanzadas de su época
y representó un cambio de tendencia en la política española.
El preludio al
proceso constituyente de la Constitución de 1931, es la dictadura de Primo
de Rivera, apoyada e instigada por el propio rey Alfonso XIII. La unión de
las fuerzas republicanas y socialistas, junto con los sindicatos de clase,
posibilitaron que las elecciones municipales de abril de 1931 se
conviertan en plebiscitarias. Las elecciones posteriores a la proclamación
de la República fueron constituyentes, y su Constitución la de la Segunda
República. La ruptura con el pasado fue total: se profundiza en la
democracia, se cambian los símbolos y el modelo político del estado, se
introducen derechos y se cambian estructuras políticas y modos de
funcionamiento. Todo desaparece con el golpe de estado del general Franco.
Tras la muerte del
dictador en 1975, se abre en España una nueva era, cuyo proceso
constitucional se inicia con la llamada Transición a la Democracia y la
Ley para la Reforma Política, que insta al gobierno a abrir un proceso
electoral. El proceso constituyente fue largo. Salíamos de una oscura y
cruenta dictadura y existían continuos peligros de involución. De otra
parte la crisis económica y el incremento del terrorismo dificultaban el
proceso. Gobierno y oposición entendieron que era necesario redactar una
constitución que fuese aceptada por la mayoría de las fuerzas políticas.
El rey, heredero de Franco y el gobierno tenían el poder y la oposición la
legitimidad democrática.
El consenso
permitió resolver los temas más conflictivos de aquel momento: la forma de
estado y de gobierno, el modo de elección, la cuestión religiosa, el
modelo económico y la descentralización territorial. Hoy es bien distinta
la situación, pero los temas conflictivos vuelven a cobrar vigencia. El
debate está abierto. Hay propuestas para establecer un modelo federal del
estado, que sustituya al actual Estado de las Autonomías. Otras hablan de
abrir un proceso constituyente amplio, con una nueva lectura de la
Constitución y diseño de un proyecto avanzado, que de respuestas a los
retos actuales, cambiar el sistema electoral, profundizar en la democracia
y promover la igualdad y la justicia social. Otras más, cambiar el modelo
político de monarquía parlamentaria por una república federal.
Un proceso
constituyente que proponga una revisión total o parcial de la
Constitución, que afecte al título Preliminar (modelo de estado,
soberanía, unidad territorial, principios que conforman o el
ordenamiento), los derechos fundamentales y libertades públicas, o a la
titularidad de la jefatura del Estado (Título II la corona), requiere un
procedimiento largo, complejo y necesitado de acuerdos concretos y amplias
mayorías parlamentarias. El proyecto de reforma se ha de aprobar por
mayoría de dos tercios de cada Cámara; se han de disolver inmediatamente
las Cortes. Tras las elecciones, las Cámaras elegidas deberán ratificar la
decisión de reforma y proceder al estudio del nuevo texto constitucional.
El texto debe ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras.
Una vez aprobada la reforma por las Cortes Generales, debe ser sometida a
referéndum popular para su ratificación.
Bien se que
reformar la Constitución en cualquiera de sus aspectos, no va a resolver
ni la crisis económica y financiera, ni va a quitar la angustia a la
ciudadanía que la está sufriendo. Tengo mis dudas de que hoy se diera la
voluntad de acuerdo y de consenso que existió en 1978. Pero si que se que
hay un clamor sobre la necesidad de una nueva Constitución, al cual me
apunto, que de un impulso democrático a las decisiones políticas e
incorpore las nuevas voluntades sociales (recuerdo que los menores de 52
años no participaron en el proceso de 1978). Con sus defectos y errores,
con los miedos y anhelos de la mayoría entonces, la actual Constitución
superó el transito a la democracia. Todo ha cambiado y nada tiene que ver
con la visión, necesidades y anhelos de quienes hoy están construyendo su
propio futuro.