mi opinión

La Segunda República


Con la proclamación de la República se abrían inmensas expectativas de cambios políticos, económicos y sociales...


14 de Abril de 2020


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Grandes esperanzas había despertado la proclamación de la República el 14 de abril de 1931, tras abandonar, precipitadamente, España el rey Alfonso de Borbón, suspendiendo "deliberadamente el ejercicio del Poder Real", tras conocer los resultados de las elecciones municipales, celebradas dos días antes. Aquí, pretendo resaltar el fundamento, el sentido de la idea republicana, que como ayer sigue estando vigente.

Con la proclamación de la República se abrían inmensas expectativas de cambios políticos, económicos y sociales. Se iniciaron las reformas políticas necesarias, mediante un cambio profundo de las estructuras sociales, económicas y culturales, para poner a España en la senda de la modernidad. Poco tiempo duró todo. El golpe de Estado del 18 de julio de 1936 y la guerra que provocó, rompieron toda la esperanza.

No fue hasta el 9 de diciembre de 1931, cuando el Presidente de las Cortes, Julián Besteiro, promulgó la Constitución de la Segunda República española. Aquella Constitución recogió las ilusiones colectivas que suscitó el cambio de régimen político en España. La República y la Constitución fueron la consecuencia inevitable de la dictadura agotada de Primo de Rivera, que había dado paso a una solución democrática que se plasmó en este texto jurídico.

La Constitución de 1931 se enmarca en el constitucionalismo europeo del período de entreguerras. Es evidente su relación con la alemana de Weimar, en el diseño del sistema parlamentario y la de la Constitución de Austria, de la época en lo que se refiere  a la formación de la justicia constitucional. Refleja también otras influencias como la mexicana, ya que quedan garantizados en la Constitución, los llamados derechos fundamentales de la tercera generación o derechos sociales y económicos.

El sistema político republicano moderno, se identifica con un sistema de valores, como expresión de la voluntad libre y soberana de la ciudadanía: el pueblo se gobierna a través de representantes elegidos democráticamente y la igualdad de oportunidades como esencia de sus principios. En este sistema, la jefatura del estado también es elegida, y no hay rey o líder que guíe, arbitre o gobierne; no hay persona o figura que esté por encima de la ley, ni irresponsable ante ella.

A lo largo de la historia, el concepto y la idea republicana han evolucionado, pero hay un hilo conductor: el pueblo que se autogobierna y protege la libertad, como acto contrario a la dominación. Se fundamenta en el derecho y el imperio de la ley, y todos iguales ante ella; la igualdad de oportunidades como esencia democrática; la participación ciudadana, como marco de referencia; los derechos civiles y la transparencia, como oposición a la corrupción política.

Una república en si misma, no es garantía de bienestar o de democracia; son sus valores los que dan carácter al modelo y la ejemplaridad de los servidores públicos. Son las garantías para ejercer los derechos los que dan la dimensión exacta del sistema. Y el buen ejercicio de la propia democracia realza la idea republicana. Una monarquía (parlamentaria o constitucional) puede ser democrática en su ejercicio, si el pueblo así lo ha decidido, pero la monarquía, que es un símbolo que transmite su poder por la herencia de la sangre, está muy alejada de los principios de igualdad ante la ley y de igualdad de oportunidades. La monarquía es antidemocrática por naturaleza, opaca por convicción, alejada de las necesidades de la gente y de los intereses de la ciudadanía.

En el republicanismo se conjugan las ideas de honestidad, integridad, honradez, lealtad y justicia en el gobierno de la cosa pública. Esta idea está entroncada en la filosofía de la república griega y romana, pasando por Maquiavelo; está presente en la Revolución Francesa, en los pensadores antimonárquicos ingleses del siglo XVII y la Ilustración radical. Los padres de la constitución americana la llevaron a los altares del liberalismo. El mejor gobierno es el de la ciudadanía para si misma.

Podría parecer que la Constitución española de 1978 está inspirada en estos principios y hechos históricos, pero no es cierto. El modelo español, sigue el hilo de la evolución de la monarquía absoluta: el rey es el que va cediendo su soberanía procedente de dios; no es el pueblo soberano quien otorga el mandato del poder. La Constitución española declara que la soberanía nacional reside en el pueblo y que de él emanan los poderes del Estado, pero no es así. En el artículo 1.1 se establece que "España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político"; pero falla el modelo al diseñar la forma política, como monarquía parlamentaria. Monarquía instaurada por Franco, mediante las "leyes fundamentales del reino".

En el artículo 56.3 CE se dice que "La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad". El rey se sitúa por encima de la ley, no está sujeto a su mandato, y por tanto encima de todos los españoles. Sin hablar de los comportamientos –incluso los criminales–, que no quedan sujetos a las leyes que a todos nos afectan. Por encima queda, cuando se dice que "La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica" –hoy encarnada en Felipe VI y su descendencia–, es decir: es heredera de la monarquía absoluta de Fernando VII y sus antecesores imperiales, la irresponsabilidad de Isabel II, la caciquil de la Restauración y la dictadura diseñada en las leyes franquistas.

Por cierto, la gran fortuna oculta del rey emérito, es un tema pendiente para después del coronavirus. En pleno avance de la epidemia que nos asola, dice Luis Díez, los grupos parlamentarios catalanes de ERC y JpC registraron una batería de preguntas por escrito que el Gobierno tiene la obligación de contestar. "¿Piensa el Gobierno instar a la Fiscalía General del Estado a practicar diligencias en relación con las informaciones aparecidas en el Tribune de Genéve?". PSOE, PP y Vox han votado en contra de crear una Comisión de Investigación, apelando a un informe de los letrados del Congreso donde se recalca que al producirse los hechos en 2012, cuando aún era jefe de Estado, se mantiene el criterio del Tribunal Constitucional sobre la inviolabilidad del Rey.

La idea sobre la libertad en el republicanismo, no es la que se entiende desde el liberalismo; sino que presenta una visión del ser humano, como una manifestación de la vida social. En este espacio, la política es una actividad en la que los ciudadanos desarrollan sus potencialidades individuales; frente a la concepción del liberalismo, que entiende que la única actitud posible por parte de la ciudadanía es la resistencia pasiva frente a un Estado. El Estado tiene que ser garante del bienestar general y en particular de los más desfavorecidos socialmente.

El individuo nunca existe al margen de la realidad social, ya que se forma a partir de un conjunto de relaciones sociales, pero la sociedad tampoco se puede concebir al margen del reconocimiento de las voluntades individuales, capaces de autogobernarse. No hay más soberanía que la del individuo, que no cede sus derechos a un "Leviatán" con vida propia, sino que intenta ejercerlos, por representación a través de la cooperación con otros ciudadanos, aumentando así su poder. El Estado republicano, no es algo ajeno al ciudadano, sino algo de lo que el ciudadano forma parte y así lo siente.

En el republicanismo la política es una actividad digna, honesta y de responsabilidad. La ciudadanía es militante político ante el grupo social, donde su opinión se deja sentir y es tenida en cuenta constantemente, en las decisiones que determinan la actividad del Estado. La democracia adquiere un carácter deliberativo, permitiendo que todas las decisiones públicas sean producto de una reflexión, en la que la totalidad de la ciudadanía participa responsablemente, para conseguir conciliar intereses contrapuestos y obtener diversos planteamientos, garantizando que ninguna solución quede sin considerar. La libertad es entendida, no como que la sociedad no pueda tomar decisiones contrarias a las voluntades individuales, sino como que estas decisiones, no deben interferir arbitrariamente en el ámbito de lo privado.

Nadie puede decidir por el individuo, en lo que respecta a sus propios intereses, y ninguna pauta de comportamiento es excluida, en tanto que no perjudique a los intereses de los demás. La diversidad y la disidencia, son valores que los republicamos entendemos asociados a una concepción laica del individuo, que no acepta más normas morales que las que dicta su razón. Un pleno ejercicio de libertad para todos y plena conciencia de pertenecer a la comunidad, sólo es posible si hay igualdad suficiente. En una sociedad, en la que la igualdad sea real y efectiva, no surgirán enfrentamientos y disensiones por las diferencias, que no son sino afrentas para los que menos tienen.

Todos las personas han de tener garantizado un mínimo de subsistencia y bienestar; no en forma de caridad estatal, que menoscabe el auto respeto, sino un mecanismo para su emancipación intelectual y sostenimiento de la dignidad como ser humano. Es tarea fundamental del Estado garantizar la igualdad de oportunidades y que las diferencias económicas y de poder, sólo vengan dadas por el mérito o el trabajo. Para ello el sistema educativo público debe ser de la máxima calidad y atractivo para todas las clases sociales, de manera que sea una experiencia de convivencia entre los diversos grupos.

En definitiva, es necesaria la igualdad porque todos los seres humanos somos iguales, y es necesaria la libertad porque todos somos diferentes. Cada persona es responsable de encontrar su propio camino hacia la felicidad, pero la sociedad, a través del Estado, es responsable de reducir la improbabilidad de conseguirlo; y que el bienestar de unos no se haga a costa de la pobreza de otros. (Del Documento Político de Izquierda Republicana, 26 junio 2004).

El modelo republicano debe ser políticamente abierto, participativo y democrático; un modelo sustentado por principios y valores de libertad, igualdad y justicia social; y que éstos sean blindados por la Constitución, para evitar que los gobiernos de turno, ataquen los fundamentos del propio Estado republicano.


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