Grandes
esperanzas había despertado la proclamación de la Segunda República el
14 de abril de 1931, tras abandonar precipitadamente España el rey
Alfonso de Borbón, suspendiendo deliberadamente el ejercicio del Poder
Real, tras conocer los resultados de las elecciones municipales,
celebradas dos días antes.
Con la
proclamación de la República se abrían inmensas expectativas de cambios
políticos, económicos y sociales. Se iniciaron las reformas políticas
necesarias, mediante un cambio profundo de las estructuras sociales,
económicas y culturales, para poner a España en la senda de la
modernidad. Poco tiempo duró todo. El golpe de Estado del 18 de julio de
1936 y la guerra que provocó, rompieron toda la esperanza.
Aquí,
pretendo resaltar el fundamento, el sentido de la idea republicana, que
como ayer sigue estando vigente. Soy republicano por convicción y
principios. Estoy convencido de que no se terminaran los males de España
por instaurar una República, pero sería un principio. El modelo
republicano debe ser políticamente abierto, participativo y por tanto
democrático; un modelo en el que la ciudadanía sea crítica y
responsable; un modelo sustentado por principios y valores de libertad,
igualdad y justicia social; y que éstos sean blindados por la
Constitución, para evitar que los gobiernos de turno, ataquen los
fundamentos del propio Estado republicano.
La República
nació condenada a muerte. Sin ser ejemplar, los primeros años sirvieron
para sentar las bases de la renovación económica y social que necesitaba
España. Las mujeres vieron reconocidos derechos universales. Los
trabajadores y jornaleros del campo, vieron elevados sus salarios y
todos empezaron a contar con un sistema de protección frente al paro y
garantías sobre determinados derechos. La Iglesia hizo lo que pudo en
contra de todo, el fascismo aportó su ideología en defensa del capital y
los militares golpistas pusieron lo demás por la bandera y la patria
sin rey. Se adoptó como bandera nacional la tricolor, mediante decreto
del 27 de abril.
No fue hasta
el 9 de diciembre de 1931, cuando el Presidente de las Cortes, Julián
Besteiro, promulgó la Constitución de la Segunda República. Aquella
Constitución recogió las ilusiones colectivas que suscitó el cambio de
régimen político en España. La República y la Constitución fueron la
consecuencia inevitable de la dictadura agotada de Primo de Rivera, que
había dado paso a una solución democrática que se plasmó en este texto
jurídico.
La
Constitución de 1931 se enmarca en el constitucionalismo europeo del
período de entreguerras. Es evidente su relación con la alemana de
Weimar, en el diseño del sistema parlamentario y la de la Constitución
de Austria, de la época en lo que se refiere a la formación de la
justicia constitucional. Refleja también otras influencias como la
mexicana, ya que quedan garantizados en la Constitución, los llamados
derechos fundamentales de la tercera generación o derechos sociales y
económicos.
Podría parecer que la Constitución española de
1978 está inspirada en estos principios y hechos históricos, pero no es
cierto. El modelo español, sigue el hilo de la evolución de la monarquía
absoluta: el rey es el que va cediendo su soberanía procedente de dios;
no es el pueblo soberano quien otorga el mandato del poder. La
Constitución española declara que la soberanía nacional reside en el
pueblo y que de él emanan los poderes del Estado, pero no es así. En el
artículo 1.1 se establece que España se
constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna
como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la
justicia, la igualdad y el pluralismo político; pero falla el modelo al
diseñar la forma política, como monarquía parlamentaria. Monarquía
instaurada por Franco, mediante las leyes fundamentales del reino.
El sistema
político republicano moderno, se identifica con un sistema de valores,
como expresión de la voluntad libre y soberana de la ciudadanía: el
pueblo se gobierna a través de representantes elegidos democráticamente
y la igualdad de oportunidades como esencia de sus principios. En este
sistema, la jefatura del estado también es elegida, y no hay rey o líder
que guíe, arbitre o gobierne; no hay persona o figura que esté por
encima de la ley, ni irresponsable ante ella.
A lo largo de
la historia, el concepto y la idea republicana han evolucionado, pero
hay un hilo conductor: el pueblo que se autogobierna y protege la
libertad, como acto contrario a la dominación. Se fundamenta en el
derecho y el imperio de la ley, y todos iguales ante ella; la igualdad
de oportunidades como esencia democrática; la participación ciudadana,
como marco de referencia; los derechos civiles y la transparencia, como
oposición a la corrupción política.
Una república
en si misma, no es garantía de bienestar o de democracia; son sus
valores los que dan carácter al modelo y la ejemplaridad de los
servidores públicos. Son las garantías para ejercer los derechos los que
dan la dimensión exacta del sistema. Y el buen ejercicio de la propia
democracia realza la idea republicana. Una monarquía (parlamentaria o
constitucional) puede ser democrática en su ejercicio, si el pueblo así
lo ha decidido, pero la monarquía, que es un símbolo que transmite su
poder por la herencia de la sangre, está muy alejada de los principios
de igualdad ante la ley y de igualdad de oportunidades. La monarquía es
antidemocrática por naturaleza, opaca por convicción, alejada de las
necesidades de la gente y de los intereses de la ciudadanía.
En el
republicanismo se conjugan las ideas de honestidad, integridad,
honradez, lealtad y justicia en el gobierno de la cosa pública. Esta
idea está entroncada en la filosofía de la república griega y romana,
pasando por Maquiavelo; está presente en la Revolución Francesa, en los
pensadores antimonárquicos ingleses del siglo XVII y la Ilustración
radical. Los padres de la constitución americana la llevaron a los
altares del liberalismo. El mejor gobierno es el de la ciudadanía para
si misma.
En el artículo
56.3 CE se dice que La persona del Rey es
inviolable y no está sujeta a responsabilidad. El rey se sitúa por
encima de la ley, no está sujeto a su mandato, y por tanto encima de
todos los españoles. Sin hablar de los comportamientos –incluso los
criminales–, que no quedan sujetos a las leyes que a todos nos afectan.
Por encima queda, cuando se dice que La Corona de España es hereditaria
en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero
de la dinastía histórica –hoy encarnada en Felipe VI y su descendencia–,
es decir: es heredera de la monarquía absoluta de Fernando VII y sus
antecesores imperiales, la irresponsabilidad de Isabel II, la caciquil
de la Restauración y la dictadura diseñada en las leyes franquistas.
El individuo
nunca existe al margen de la realidad social, ya que se forma a partir
de un conjunto de relaciones sociales, pero la sociedad tampoco se puede
concebir al margen del reconocimiento de las voluntades individuales,
capaces de autogobernarse. No hay más soberanía que la del individuo,
que no cede sus derechos a un Leviatán con vida propia, sino que intenta
ejercerlos, por representación a través de la cooperación con otros
ciudadanos, aumentando así su poder. El Estado republicano, no es algo
ajeno al ciudadano, sino algo de lo que el ciudadano forma parte y así
lo siente.
En el
republicanismo la política es una actividad digna, honesta y de
responsabilidad. La ciudadanía es militante político ante el grupo
social, donde su opinión se deja sentir y es tenida en cuenta
constantemente, en las decisiones que determinan la actividad del
Estado. La democracia adquiere un carácter deliberativo, permitiendo que
todas las decisiones públicas sean producto de una reflexión, en la que
la totalidad de la ciudadanía participa responsablemente, para conseguir
conciliar intereses contrapuestos y obtener diversos planteamientos,
garantizando que ninguna solución quede sin considerar. La libertad es
entendida, no como que la sociedad no pueda tomar decisiones contrarias
a las voluntades individuales, sino como que estas decisiones, no deben
interferir arbitrariamente en el ámbito de lo privado.
Nadie puede
decidir por el individuo, en lo que respecta a sus propios intereses, y
ninguna pauta de comportamiento es excluida, en tanto que no perjudique
a los intereses de los demás. La diversidad y la disidencia, son valores
que los republicamos entendemos asociados a una concepción laica del
individuo, que no acepta más normas morales que las que dicta su razón.
Un pleno ejercicio de libertad para todos y plena conciencia de
pertenecer a la comunidad, sólo es posible si hay igualdad suficiente.
En una sociedad, en la que la igualdad sea real y efectiva, no surgirán
enfrentamientos y disensiones por las diferencias, que no son sino
afrentas para los que menos tienen.
Todos las
personas han de tener garantizado un mínimo de subsistencia y bienestar;
no en forma de caridad estatal, que menoscabe el auto respeto, sino un
mecanismo para su emancipación intelectual y sostenimiento de la
dignidad como ser humano. Es tarea fundamental del Estado garantizar la
igualdad de oportunidades y que las diferencias económicas y de poder,
sólo vengan dadas por el mérito o el trabajo. Para ello el sistema
educativo público debe ser de la máxima calidad y atractivo para todas
las clases sociales, de manera que sea una experiencia de convivencia
entre los diversos grupos.
En
definitiva, es necesaria la igualdad porque todos los seres humanos
somos iguales, y es necesaria la libertad porque todos somos diferentes.
Cada persona es responsable de encontrar su propio camino hacia la
felicidad, pero la sociedad, a través del Estado, es responsable de
reducir la improbabilidad de conseguirlo; y que el bienestar de unos no
se haga a costa de la pobreza de otros.
El modelo
republicano debe ser políticamente abierto, participativo y democrático;
un modelo sustentado por principios y valores de libertad, igualdad y
justicia social; y que éstos sean blindados por la Constitución, para
evitar que los gobiernos de turno, ataquen los fundamentos del propio
Estado republicano. #porlaRepública